FSC-CCOO Castilla-La Mancha | 2 febrero 2026.

ACOSO DISCRIMINATORIO

    Tu identidad nunca debería ser el problema. Nadie debería sentirse inseguro por ser quien es. Entra para entender cómo detectar estas conductas y cómo podemos ser mejores aliados.

    26/01/2026.
    ACOSO DISCRIMINATORIO

    ACOSO DISCRIMINATORIO

    ¿QUÉ ES EL ACOSO DISCRIMINATORIO?

    Es cualquier comportamiento u hostigamiento que tiene como objetivo humillar, aislar o despreciar a una persona por su orientación sexual, su identidad de género o su expresión de género.

    Se ataca a la persona por quién es y a quién ama, creando un entorno de trabajo hostil e inseguro.

    CLAVES PARA IDENTIFICARLO

    • Invalidación de la identidad: En personas trans, el uso deliberado del nombre anterior (deadnaming) o de pronombres incorrectos después de haber sido informados. Es una falta de respeto a su propia existencia.

    • Escrutinio de la vida privada: Preguntas constantes, invasivas o morbosas sobre la genitalidad, cirugías o prácticas sexuales que no se le harían a una persona cis-hetero.

    • Estereotipos y burlas: Ridiculizar la "pluma", la forma de vestir o los gestos. También incluye asignar tareas basadas en clichés (ej: "tú eres gay, seguro que tienes buen gusto para la decoración").

    • Exclusión o "techo de cristal": Limitar el ascenso o la visibilidad de la persona (no dejarla ir a eventos con clientes, por ejemplo) para que la empresa no "parezca de una determinada manera".

    EJEMPLOS DE CONDUCTAS CONSIDERADAS ACOSO DISCRIMINATORIO

    • Comentarios de pasillo: "Es muy profesional, pero qué necesidad tiene de decir que es lesbiana".

    • Bromas "sin maldad": Reírse de un compañero porque su forma de hablar es "demasiado femenina".

    • Aislamiento social: No invitar a un compañero trans a los cafés o comidas de equipo por "incomodidad" de los demás.

    • Cuestionamiento de derechos: Criticar o poner trabas cuando un trabajador solicita un permiso relacionado con su proceso de transición o para cuidar a su pareja del mismo sexo.

    DEFINICIÓN según la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

    Cualquier comportamiento basado en alguno de los motivos de discriminación previstos en esta ley, que tenga el objetivo o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona y de crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.

    Motivos: Nacimiento, origen racial o étnico, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad, situación socioeconómica o cualquier otra condición personal o social.

    "El respeto no es una opción, es un derecho. Tu identidad de género y tu orientación sexual nunca deben ser un obstáculo en tu carrera."

    "Ninguna voz debe ser silenciada por ser diferente"

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