FSC-CCOO Castilla-La Mancha | 21 noviembre 2024.

PERMISO PARENTAL

Incertidumbre sobre el nuevo permiso parental

  • Existen dudas de que durante su disfrute las cotizaciones a la Seguridad Social sean íntegras, y de que compute este tiempo para vacaciones, pagas extraordinarias o como antigüedad.
  • CCOO ha solicitado a Función Pública aclaración sobre las condiciones según se trate de personal funcionario o laboral.

24/10/2024.
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Hace unos días se habilitó en Chronos una nota informativa sobre el procedimiento para la solicitud del permiso parental de ocho semanas para el cuidado de hija, hijo o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el/la menor cumpla ocho años.

 

Como sabéis, este permiso fue introducido de desigual manera en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 48 bis) y en el Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 49.g) por el Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, (BOE de 29 de junio y corrección de errores de 1 de julio de 2023).

Desde entonces, amplio ha sido el debate sobre la remuneración y condiciones de disfrute del permiso, especialmente si se trataba de personal laboral o funcionario.

Las Administraciones apuntaban a que la retribución del permiso se haría efectiva a partir de agosto de 2024, pero el Ministerio de Trabajo articuló una estratagema legal para posponer el pago. El Real Decreto-Ley 2/2024, de 21 de mayo, estableció una modificación del permiso de lactancia, que sí está retribuido, haciendo uso de una llamada “cláusula pasarela”, incluida en la directiva comunitaria y que permite acumular y contar todos los permisos ya vigentes en esta materia a efectos de cumplimiento de la Directiva Europea.

A todo esto, Bruselas abrió expediente a España en septiembre por no retribuir las dos últimas semanas del permiso parental como exige la Unión Europea.

 

Con este panorama, lo cierto es que ahora mismo ninguna Administración retribuye este permiso ni puede preverse cuándo lo hará. Tampoco se ha realizado el desarrollo reglamentario que determine los aspectos concretos de su aplicación tanto para personal laboral como funcionario.

La nota informativa de Chronos deja claro que será descontado en nómina y que, hasta que reglamentariamente se establezca, no puede solicitarse a tiempo parcial.

 

Sin embargo, no aclara cuestiones que desde CCOO estimamos fundamentales a la hora de solicitarlo y que también pueden diferir según se sea personal funcionario o laboral:

  • ¿Cotizan íntegramente las ocho semanas de permiso parental a la Seguridad Social?
  • ¿Se verán afectadas las pagas extraordinarias en caso de que la persona trabajadora disfrute de este permiso parental?
  • ¿Se verá afectado el cómputo de la antigüedad por el disfrute de este permiso?

Evidentemente son cuestiones a tener en cuenta antes de solicitar el permiso y por ello CCOO hemos remitido un escrito a Función Pública solicitando que se despejen estas cuestiones, emitiendo la correspondiente nota informativa. 

EN CUANTO OBTENGAMOS RESPUESTA OS INFORMAREMOS.

 

¿Qué defendemos en CCOO?

Como ya hemos manifestado públicamente, rechazamos las argucias empleadas por el Gobierno para “eludir” el obligado cumplimiento de la Directiva Europea. Abogamos por la retribución completa tanto para personal funcionario como para personal laboral, así como que se considere el tiempo de permiso como prestación de servicio activo a todos los efectos, como sucede con el resto de permisos.