FSC-CCOO Castilla-La Mancha | 12 octubre 2024.

SENTENCIAS

El Tribunal Supremo da la razón a CCOO y ratifica las sentencias que "tumban" la modificación de la RPT de septiembre de 2019

  • El Gobierno Regional prescindió de los elementos más esenciales para asegurar el cumplimiento del principio de buena fe negocial, vulnerando, por tanto, el derecho fundamental a la negociación colectiva.
  • Exigimos al Gobierno Regional que dé explicaciones en la próxima mesa, que ejecute esta sentencia y que se siente a negociar las demandas planteadas por la parte social, con respeto a los principios básicos de negociación.

13/05/2024.
La sentencia establece claramente la falta de buena fe negocial

La sentencia establece claramente la falta de buena fe negocial

Albacete, 14 de mayo de 2024

 

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite el recurso de casación presentado por la JCCM contra la sentencia de 30 de enero de 2023, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJ de CLM, ratificando la emitida el 2 de diciembre de 2020 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo, que, a instancias de CCOO, ordenó la anulación de ocho resoluciones mediante las que se suprimieron 32 puestos y se crearon 8 de libre designación.

 

Como ya os informamos en el año 2020, cuando se publicó el fallo de la primera sentencia, ahora firme, se pudo comprobar el alcance de la misma, que accede a todas las pretensiones planteadas por CCOO y que condena además en costas a la Administración. Se centra fundamentalmente la sentencia en analizar si la Administración había respetado el principio de la buena fe negocial, necesario para asegurar el derecho fundamental a la negociación colectiva inseparable del derecho a la libertad sindical.

Se constaban como hechos probados en la sentencia que la Administración remitió la documentación con muy poca antelación, de manera escalonada y provocando bastante confusión, llegando a presentar cambios de última hora en la propia mesa de negociación.

Es patente también que desde todas las organizaciones sindicales pedimos de forma reiterada que la mesa se pospusiera, pero la Administración se negó de plano a dichas pretensiones y tuvimos que asistir a la mesa sin las garantías suficientes para poder negociar en igualdad de condiciones.

La ausencia de informes o de memoria económica y lo intrascendente de las propuestas aceptadas terminan de cerrar el círculo para venir a demostrar de forma reforzada con la testifical que el gobierno no negoció de buena fe

Así, en sus conclusiones indicó el juez "En definitiva parece que la negociación, con los defectos anteriormente advertidos en cuanto a su forma de llevarla a cabo, no ha sido materialmente considerada en forma alguna por el órgano administrativo competente".

Continúa en la trascendencia indicando:

"Comprobado que hay deficiencias en el comportamiento por parte de la Administración en relación a garantizar una posición de negociación efectiva de los sindicatos, obligación derivada de la buena fe negocial que exige la Ley, hay que señalar que la misma no puede considerarse inocua, sino relevante en este caso.

Así las cosas, se puede ver que el expediente es complejo, que tiene una amplísima relación de puestos que deben ser analizados, datos económicos que deben ser comprobados, una pluralidad de informes sobre puestos de diferentes regímenes administrativos y un volumen que supera los mil folios. A ello se añade que hay confusiones, duplicidades u oscuridades en los datos que deben ser puntualizados y que no se ha permitido conocer".

El gobierno optó, como viene siendo su costumbre, por recurrir a las más altas instancias judiciales con el dinero de las y los contribuyentes. Costas de miles de euros que ahora pagaremos entre todas y todos.

 

No ha sido la primera vez que esta Administración ha sido condenada por faltar el respeto a los principios básicos del derecho a la negociación.

Recordamos que el pasado 21 de febrero la justicia, a instancia de CCOO, obligó a la Administración a celebrar una reunión extraordinaria del Comité Sectorial de Seguridad y Salud Laboral por haber vulnerado los derechos de negociación en la adquisición de equipos individuales de protección contra incendios.

El pasado martes, 7 de mayo, toda la parte social participamos en una manifestación en Toledo para exigir que la Administración se siente a negociar con el Cuerpo Profesional de Agentes Medioambientales, como está obligada a hacer por Ley cuando la mayoría de la representación sindical así lo solicita.

Sería lamentable que nuevamente tuviéramos que emprender acciones legales para hacer respetar nuestro papel constitucional como sindicato y que tuviera que ser un juez el que obligase a la Junta a cumplir con sus deberes de negociación colectiva y a sentarse con las y los Agentes Medioambientales.