FSC-CCOO Castilla-La Mancha | 3 enero 2026.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

El complemento de IT tambi茅n se debe cobrar tras finalizar el contrato

  • La asesor铆a jur铆dica de CCOO ha ganado esta sentencia que es de especial importancia para el personal interino al servicio de la Junta.
  • La sentencia establece que el complemento est谩 ligado a la duraci贸n de la incapacidad temporal (IT) y debe percibirse incluso cuando se ha producido un cese durante 茅sta.
  • Las personas afectadas pueden recurrir hasta cuatro a帽os atr谩s en el caso de personal funcionario y un a帽o en el de personal laboral.

29/12/2025.
El complemento de IT en la JCCM est谩 ligado a la IT, no al contrato

El complemento de IT en la JCCM est谩 ligado a la IT, no al contrato

CCOO ha ganado una sentencia en el Tribunal Superior de Castilla-La Mancha (TSJ-CLM) por la que se reconoce el derecho de un funcionario interino a recibir el complemento de incapacidad temporal (IT) durante todo el tiempo que estuvo de baja, con independencia de que fuera cesado en su puesto.

CCOO hemos defendido siempre este complemento de IT que supone que el personal al servicio de la Junta tiene la garantía de percibir el 100% de sus retribuciones en cualquier situación de IT.

La sentencia señala que este complemento no está sujeto a la duración del contrato sino a la propia IT y, por tanto, se tiene que seguir percibiendo hasta que la persona recibe el alta.

El complemento de IT está ligado a esta situación y no al contrato, por lo que debe seguir percibiéndose tras el cese

Esta demanda fue interpuesta por un trabajador interino que causó baja el 8 de diciembre de 2021 y que fue cesado posteriormente el 18 de diciembre, cuando aún permanecía en IT. Debido a este cese, la Junta le privó del complemento de IT. Lo que hace la sentencia es reconocerle el derecho a que se le abone dicho complemento durante todo el tiempo de duración de la IT, dejando claro que el complemento está asociado a la propia IT y no al contrato.

Desde CCOO entendemos que esta sentencia tiene un especial calado ya que puede haber muchas más personas interinas que se hayan visto en la misma situación: que estando de baja hayan sido cesadas y hayan dejado de percibir el complemento de IT. En estos casos es posible reclamar las cantidades correspondientes teniendo en cuenta que para el personal funcionario la retroactividador de estas reclamaciones abarca cuatro años mientras mientras que para el personal laboral es de un año.

Desde CCOO animamos a toda persona que pueda haberse visto afectada a que acudan a nuestro sindicato para estudiar su caso.