FSC-CCOO Castilla-La Mancha | 7 octubre 2026.

Reclamación e Indemnización por Abuso de Temporalidad en las Administraciones y Empresas Públicas

  • Las recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) y del Tribunal Supremo reconocen el derecho a indemnización por daños y perjuicios al personal afectado.

22/09/2026.
Reclama el abuso de temporalidad en la Administración Pública

Reclama el abuso de temporalidad en la Administración Pública

¿En qué consisten las sentencias sobre la contratación temporal?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (caso Obadal) y el Tribunal Supremo han dictado recientes resoluciones en materia de abuso en la temporalidad en las Administraciones y Empresas Públicas (AAPPs).

Estas sentencias reconocen explícitamente el derecho a una indemnización por daños y perjuicios a todo el personal que haya sufrido abuso en la contratación temporal como consecuencia de haber sido objeto de una sucesión de contratos temporales que se hayan prolongado durante más de 3 años.

Puntos clave de la indemnización:

🔴 Reparación del daño moral: La cuantía viene a reparar el perjuicio ocasionado por la temporalidad prolongada.

🔴 Cálculo orientativo: Se toma como referencia el marco de sanciones de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

🔴 Importes: Pudiendo oscilar entre los 1.000 € en su grado mínimo y hasta los 10.000 € en su grado máximo, en función de la duración acumulada en situación de abuso.

¿Quiénes tienen derecho a reclamar?

Puedes iniciar el proceso de reclamación si te encuentras en alguna de las siguientes situaciones:

1. Personal Indefinido/a No Fijo/a: Personas que tengan actualmente reconocida esta condición.

2. Personal con más de 3 años de servicio: Personas trabajadoras que presten servicios en cualquier administración o empresa pública durante un periodo superior a 3 años, aunque no tengan la condición de indefinido/a no fijo/a.

3. Procesos de consolidación no superados: Personal que, tras participar en un proceso de consolidación sin haberlo superado, continúe prestando servicios para las AAPPs por más de 3 años.

4. Plazas ya consolidadas: Quienes hayan consolidado la plaza que ocupaban con carácter temporal conservan el derecho a ser indemnizados por el periodo de abuso previo.

5. Personal funcionario de carrera: Quienes hayan adquirido la condición de personal funcionario en base a su participación en un proceso selectivo, habiendo acumulado previamente una temporalidad superior a 3 años.

6. Personal laboral sin plaza: Personas que hayan superado un proceso selectivo de personal laboral pero no hayan obtenido plaza asignada.

7. Otras situaciones asimiladas: Cualesquiera otras situaciones de temporalidad prolongada o sucesiva en el sector público.

¿Cómo te ayudamos desde CCOO?

En CCOO ponemos a tu disposición a nuestro equipo jurídico especializado para analizar tu caso particular, calcular la indemnización que te corresponde e iniciar los trámites correspondientes para la defensa de tus derechos.

¡No dejes pasar el plazo para reclamar lo que te corresponde!

Ponte en contacto con nuestra representación sindical

Si te encuentras en alguna de las situaciones descritas, ponte en contacto con nosotros a través de los siguientes canales:

📍FSC-CCOO Albacete.

📞 967 52 22 97

✉️ albacete@fsc.ccoo.es

📍FSC-CCOO Ciudad Real.

📞 926 21 01 73

✉️ creal@fsc.ccoo.es

📍FSC-CCOO Cuenca.

📞 969 21 32 51

✉️ cuenca@fsc.ccoo.es

📍FSC-CCOO Guadalajara.

📞 949 24 83 34

✉️ guadalajara@fsc.ccoo.es

📍FSC-CCOO Toledo.

📞 925 25 51 00

✉️ toledo.org@fsc.ccoo.es