FSC-CCOO Castilla-La Mancha | 7 octubre 2026.

COMISI脫N NEGOCIADORA DEL NUEVO IX CONVENIO COLECTIVO

El tiempo nos da la raz贸n: firmado el IX Convenio Colectivo y un nuevo acuerdo de jubilaci贸n parcial

  • Ha sido firmado por CCOO junto con toda la parte social. Se aprueba casi el mismo texto que hace m谩s de un mes apoy贸 CCOO en solitario con un 煤nico peque帽o cambio.
  • Tambi茅n incluye un nuevo acuerdo de jubilaci贸n parcial, respetando lo acordado el 15 de junio, que permite los m谩ximos porcentajes de reducci贸n y de acumulaci贸n de periodos.

22/07/2026.
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Firmado el IX Convenio Colectivo

Hoy CCOO y el resto de la parte social hemos firmado el nuevo IX Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Se firma así casi el mismo texto de convenio que el 15 de junio rechazaron CSIF, STAS y UGT. Se confirma por tanto que los retrasos y negativas a firmar han sido injustificados y por motivos poco claros y consistentes.

Como único añadido al texto de hace un mes está el cambio en la forma de abordar la introducción de la titulación específica en la categoría de «auxiliar técnica/o educativo» que no nos gusta pero la Administración aceptó.

 

Cuestiones transitorias

Concurso de traslados para personal de nuevo ingreso.-

Sigue sin respuesta cómo se va a aplicar la posibilidad de participar en traslados en la primera carga de vacantes. Se interpretará en la primera Comisión Paritaria que se realice.

Bolsas de trabajo.-

La nueva normativa entrará en vigor previsiblemente a partir del 1 de septiembre. 

Comisión Paritaria y Comisión Negociadora.-

Se constituirán en un máximo de 15 días desde la entrada en vigor del convenio, es decir, antes del 16 de agosto.

 

Un nuevo acuerdo de jubilación parcial para el personal laboral

Este convenio no viene sólo. La publicación el 30 de junio del RDL 19/2026 permitía volver a aplicar la jubilación parcial al personal laboral de las Administraciones Públicas.

El nuevo acuerdo de jubilación parcial permite los máximos porcentajes de reducción, permite la acumulación total de los periodos de trabajo y agiliza los trámites para las personas a las que se les ha denegado.

El acuerdo propuesto aprovecha el sistema transitorio hasta 1 de abril de 2027 y establece que se negociará un sistema general con condiciones similares que entrará en vigor a partir del 1 de abril de 2027, ya que hay que establecer las condiciones de las ofertas de empleo y convocatorias que deberán asociarse a la jubilación parcial a partir de esa fecha.

Si ya has solicitado la jubilación parcial o te la han denegado, la Administración se pondrá en contacto contigo por correo ordinario para confirmar tu solicitud.

 

Un documento vivo

CCOO entendemos el convenio como un documento vivo. Defendemos que el convenio puede ser modificado en cualquier momento para solucionar problemas o mejorar condiciones; y lo defendemos con razones porque este tipo de modificaciones se han producido dentro del VIII convenio y con los anteriores.

Cerramos una etapa y un documento fundamental y continuamos con el trabajo.

Por eso, CCOO no nos hemos olvidado de lo que no está en el convenio como, por ejemplo, de el cobro de complementos variables en incapacidad temporal (somos el único sindicato que ha denunciado ante la inacción de la Administración), de Fomento y su bolsa de horas, de los complementos en residencias de mayores, de las categorías que merecen una revisión o unificación, de los asuntos particulares en centros educativos y de otras cuestiones que siguen pendientes de ser resueltas...