FSC-CCOO Castilla-La Mancha | 19 abril 2024.

Durísima sentencia contra la JCCM por impedir a un agente medioambiental adaptar su horario para poder atender a su hija menor

  • La Administración negó al agente el derecho a conciliar “sin tener en cuenta los derechos fundamentales implicados, que van más allá del derecho individual del demandante, sino que vinculan derechos familiares que se ven afectados y vinculados”; y sin considerar “la dimensión constitucional de la medida, tanto desde la perspectiva del derecho a la no discriminación por razón de sexo (art. 14 CE) como desde la del mandato de protección a la familia y a la infancia (art. 39 CE)”
  • El magistrado de lo contencioso-administrativo condena a la consejería de Desarrollo Sostenible por saltarse el ordenamiento jurídico para hacer prevalecer “una norma reglamentaria -la Orden de Horarios de los AAMM- sobre derechos legales, principios constitucionales y directivas europeas”
  • CCOO pide el cese “del responsable de semejante aberración jurídica” e insta a la consejería a cumplir la sentencia para no dañar más ni al funcionario ni a su hija: “La menor tenía dos años y medio cuando empezó el proceso en septiembre de 2019; si lo siguen prolongando, cuando la sentencia sea firme tendrá seis o siete”

Toledo, 18 de febrero de 2021. El juzgado de lo contencioso-
administrativo nº 1 de Toledo ha anulado a instancias de CCOO la
resolución mediante la que la Consejería de Desarrollo Sostenible
denegó a un agente medioambiental la adaptación horaria que
había solicitado para poder atender a su hija menor.

19/02/2021.
Ramón González y Lola Cachero

Ramón González y Lola Cachero

Toledo, 18 de febrero de 2021. El juzgado de lo contencioso-
administrativo nº 1 de Toledo ha anulado a instancias de CCOO la
resolución mediante la que la Consejería de Desarrollo Sostenible
denegó a un agente medioambiental la adaptación horaria que
había solicitado para poder atender a su hija menor.
La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante el TSJ
CLM, condena además en costas a la Administración, cuya

actuación censura con dureza porque “supone dotar de prevalencia
a una norma reglamentaria -la Orden de Horarios de los AAMM-
sobre derechos legales, principios constitucionales y directivas
europeas”
Así lo ha destacado hoy la secretaria general de CCOO-FSC CLM,
Lola Cachero, en una rueda de prensa ofrecida para dar a conocer
y valorar la sentencia; y en la que ha estado acompañada por el
Coordinador del Sector de Administración Autonómica del sindicato,
Ramón González, quien ha reclamado la dimisión o el cese del
responsable de los servicios jurídicos de la consejería.
Cachero, por su parte, explicó que el agente medioambiental “pidió
flexibilizar una hora su entrada al trabajo para poder llevar a su hija
de dos años y medio a la guardería. Tenía informe favorable de su
responsable comarcal y de la Unidad de Coordinación de Agentes
Medioambientales, en base a que no existe impedimento alguno
para la concesión de la petición ya que no afectaba para nada ni a
las necesidades del servicio ni a la naturaleza del puesto de trabajo”
“Pues bien: la Consejería resuelven denegándole la solicitud;
incumpliendo, como dice la sentencia, principios constitucionales,
derechos legales y directivas europeas”
“La sentencia es realmente dura con la Administración, utilizando
términos contundentes para descalificar su actuación, como
‘flagrante incumplimiento de la obligación de revisar los horarios
para adecuarlos a la conciliación’; ‘falta de consideración de
aspectos relacionados con la tutela antidiscriminatoria y el principio
de igualdad’, ‘la Administración no ha tenido en cuenta los derechos
fundamentales implicados, que van más allá del derecho individual
del demandante, sino que vinculan derechos familiares que se ven
afectados y vinculados’; y ni siquiera ha considerado “la dimensión
constitucional de la medida, tanto desde la perspectiva del derecho
a la no discriminación por razón de sexo (art. 14 CE) como desde la
del mandato de protección a la familia y a la infancia (art. 39 CE)’.”
“Nos parece una forma aberrante de conculcar los principios que se
supone que esta administración tiene que defender: la igualdad, la
conciliación, la protección a la familia y a la infancia, y también la

corresponsabilidad”, señaló Cachero, que instó a intervenir a la
Consejería de Igualdad: “se tiene que poner a trabajar ya para
solucionar todas estas cosas que están pasando. Queremos que en
toda la JCCM se cumpla la normativa en materia de conciliación.”
Por su parte, el Coordinador del Sector Autonómico de CCOO-FSC
CLM, Ramón González, lamentó “tener que estar una vez más
anunciando una sentencia demoledora, durísima, profundamente
vergonzosa para la administración autonómica de CLM. Una vez
más, el juez estima que ha incumplido los preceptos legales más
básicos, que además tienen una repercusión social importantísima
por tratarse de cuestiones relacionadas con la tutela efectiva de
menores y con la discriminación por razón de género.
“No nos queda otro camino, ante la gravedad de este asunto, que
exigir el cese inmediato del artífice de semejante aberración
jurídica, el jefe del servicio jurídico de la Unidad de Agentes
Medioambientales”, reclamó González.
Instó además a la consejería a “no recurrir la sentencia y cumplirla
de inmediato. Si decide seguir adelante con este asunto y acudir a
otros tribunales, nos podemos encontrar con que el día en que esta
sentencia sea firme, la menor, que tenía dos años y medio cuando
comenzó el conflicto judicial, tenga seis o siete años. Es
absolutamente inasumible que una admiración actúe con tal
irresponsabilidad”

Documentación asociada
Documentación asociada